Fecha de Publicación: 26/04/1954
Página: 73-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Ley 

Se amplía la emisión de una Deuda, para la ejecución de determinadas obras públicas.

Poder Legislativo.

 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar la Deuda "Obras Públicas 5 % 
1994", ley N° 10.589 de 23 de diciembre de 1944, en la cantidad de dos 
millones de pesos valor nominal ($ 2:000.000) cuyo monto se destinará a 
la ejecución de obras de interés general en la forma y lugares indicados
en los artículos siguientes, como contribución del Estado a las 
conmemoraciones a realizarse en las localidades beneficiadas por esta 
ley.

Artículo 2

   Los fondos autorizados por el artículo anterior se distribuirán en la
siguiente forma:
   1°) Para el Departamento de Lavalleja, ochocientos mil pesos ($ 800.000) que se destinarán así: trescientos mil pesos ($ 300.000) para el 
Parque Fabini y su estudio auditorio en la ciudad de Minas; veinte mil pesos (pesos 20.000) para la adquisición de la casa en que funcionará el Hogar Diurno de Menores; cien mil pesos (pesos 100.000) como contribución
a la reconstrucción de la casa natal del General Antonio Lavalleja en la
ciudad de Minas, ampliando el local de la Biblioteca Nacional y 
construyendo en el mismo predio la sede del Museo Municipal; y 
trescientos ochenta mil pesos ($ 380.000), para expropiación de los 
cerros de Arequita y Los Cuervos y el área circundante destinada a la 
creación de un gran parque forestal.
   2°) Para la tercera Sección Judicial del Departamento de Cerro Largo, 
con motivo de la fundación de la villa de Río Branco, doscientos noventa
y un mil pesos ($ 291.000), que serán destinados en la siguiente forma: 
Ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para un Centro Preventivo-
Asistencial de Salud Pública por licitación o administración directa o 
por intermedio de la Comisión de Verano de aquella zona; sesenta mil 
pesos ($ 60.000) para la ejecución de las obras del Campus Internacional
proyectado por la Comisión Nacional de Educación Física, comprendiendo 
pista para patines, cancha de basquet-ball, cancha de fútbol, 
pista de atletismo, pabellón, Teatro de Verano y graderías; treinta mil 
pesos ($ 30.000) para la terminación de los muros de contención de la 
margen uruguaya del río Yaguarón; seis mil pesos ($ 6.000) para la 
erección de los bustos de Artigas y Río Branco, en la Plaza de la 
Cuchilla de la villa del Río Branco, treinta mil pesos ($ 30.000) para 
la construcción de la Escuela del Barrio de San Fernando de la villa de 
Río Branco; quince mil pesos ($ 15.000) para la adquisición de un local 
para sede del Salón de Actos Públicos, Biblioteca y Museo Internacional.
   3°) Para obras a realizarse en la localidad de San Gregorio, con 
motivo de la conmemoración de su centenario, doscientos cuarenta y cinco 
mil pesos ($ 245.000), que serán destinados así: cien mil pesos ($ 
100.000) para acordonado y riego bituminoso de un kilómetro de calles 
urbanas; veinte mil pesos ($ 20.000) para locales y servicios de playa; 
cuarenta mil pesos ($ 40.000) para completar obras en el campo de 
deportes; setenta y dos mil pesos ($ 72.000) para adquisición de terrenos 
y construcción de salones para Actos Públicos y Biblioteca; diez mil 
pesos ($ 10.000) para repoblación forestal de "Los Médanos" (inmueble 
propiedad del Estado y en usufructo del Municipio); y tres mil pesos 
($ 3.000) para instrumental del Liceo de San Gregorio.
   4°) Como contribución del Estado a la conmemoración del cincuentenario
de la fundación de la villa de Cardona, cien mil pesos ($ 100.000) que se 
destinarán: cincuenta mil pesos ($ 50.000) a la construcción e 
instalación de un servicio Lavadero y Baños Públicos; veinte mil pesos
($ 20.000) para la adquisición de un campo de aterrizaje; doce mil pesos 
($ 12.000) para adquisición del terreno de la Escuela Industrial; quince 
mil pesos ($ 15.000) para la Exposición Agropecuaria e Industrial; y tres
mil pesos ($ 3.000) para Fomento de Huertas y Granjas Familiares.
   5°) Y como contribución del Estado a la conmemoración del
cincuentenario de la fundación de Sarandí Grande cuarenta y dos mil pesos
($ 42.000) que serán destinados a: arreglo del Hogar Infantil, ocho mil 
pesos ($ 8.000); arreglo del local de la Comisaría, nueve mil pesos ($ 
9.000) y veinticinco mil pesos ($ 25.000) para un monumento del General 
Juan Antonio Lavalleja.
   6°) Contribución del Estado al plan de obras a realizarse en la villa 
de Bella Unión en ocasión de cumplirse el centenario de la muerte del 
General Fructuoso Rivera. A) Rambla Costanera primera etapa (abarca al 
tramo comprendido entre el puerto y el arroyo Santa Rosa), treinta mil 
pesos ($ 30.000). B) Trabajos de Construcción de cordones de veredas y 
lanimetría de las calles, previamente al tratamiento bituminoso, treinta
y cinco mil pesos ($ 35.000). C) Puente sobre el arroyo Santa Rosa, en el
camino que conduce al paraje denominado "Coronado", veinte mil pesos ($ 
20.000). D) Ampliación del actual edificio de la Junta Local para dotarlo
de un salón de actos y biblioteca, veinticinco mil pesos ($ 25.000). E) Construcción de Viviendas Económicas para las personas ubicadas en 
zonas inundables que resultaron afectadas por las últimas crecientes, 
quince mil pesos ($ 15.000). F) Lavadero Público Municipal, diez mil 
pesos ($ 10.000). G) Construcción de un Matadero Municipal (absoluta
necesidad) diez mil pesos ($ 10.000). H) Mejoramiento de caminos de 
acceso a Bella Unión, veinticinco mil pesos ($ 25.000). Total doscientos
mil pesos ($ 200.000).

Artículo 3

   Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo a contribuir con una 
cantidad única de diecisiete mil quinientos pesos ($ 17.500) para 
solventar los gastos que se ocasionen con motivo de los actos 
conmemorativos y festejos a realizarse en las localidades beneficiadas 
por esta ley, que se distribuirá en la siguiente forma: cinco mil pesos 
($ 5.000) para la ciudad de Minas, cinco mil pesos ($ 5.000) 
para la villa de Río Branco, y para Cardona, San Gregorio y Sarandí 
Grande, dos mil quinientos pesos ($ 2.500), para cada una.

Artículo 4

   Autorízase al Poder Ejecutivo a contribuir con la cantidad de treinta 
mil pesos ($ 30.000) destinada a erigir un monumento a los colonos 
fundadores de Colonia Valdense, con motivo de la conmemoración del 
centenario de la fundación de dicha Colonia.

Artículo 5

   El servicio de la emisión de la deuda que se autoriza por el artículo 
1°, así como la contribución a que se refieren los artículos 3° y 4°, se 
atenderán con los recursos creados por los artículos 5° y 6° de la ley 
número 11.869, de 22 de octubre de 1952.

Artículo 6

   Comuníquese, etc.

 Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de 
marzo de 1954.(*)

     CARLOS B. MORENO, Presidente.-  Mario Dufort y Alvarez, Secretario 

Ministerio de Obras Públicas. 
 Ministerio de Hacienda.

                                     Montevideo, 30 de marzo de 1954.

 Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos.

 Por el Consejo: MARTINEZ TRUEBA.- JOSE ACQUISTAPACE.- EDUARDO ACEVEDO 
ALVAREZ.- Eduardo Jiménez de Aréchaga, Secretario.

(*) Discusión: C.S. 73ª Ses. 23 de noviembre de 1953.
               C.R. 3ª Ses. 17 de marzo de 1954.
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