MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Ley
Se prorroga el plazo de validez de credenciales cívicas expedidas antes
del 31 de diciembre de 1936.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de mayo
de 1954.
ALFEO BRUM, Presidente.- José Pastor Salvañach,
Secretario.
Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.
Montevideo, 14 de mayo de 1954.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Por el Consejo: MARTINEZ TRUEBA.- JUSTINO ZAVALA MUNIZ.- Eduardo Jiménez
de Aréchaga, Secretario.