Fecha de Publicación: 17/02/1956
Página: 298-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 29/02/1956.

Artículo 10

   A los fines de los artículos 8º y 9º y de las relaciones del país
con el Fondo Monetario Internacional, la paridad de la unidad monetaria
nacional se determinará sobre la base del fino establecido por la ley
número 9.760, de 20 de enero de 1938.

                            CAPITULO IV
 
                             Economías
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