Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en dos millones de pesos
($ 2:000.000.00) valor nominal, la Deuda "Obras Públicas 5 % 1942" creada
por decreto-ley Nº 10.196, de 17 de julio de 1942. El producido de dicha
ampliación se destinará al alhajamiento de los edificios construidos y a
construirse de acuerdo con lo dispuesto por la ley Nº 11.588, de 17 de
octubre de 1950.