Autorízase al Registro General de Arrendamientos y Anticresis, a
disponer del caudal que percibe en concepto de derechos, hasta la
cantidad mensual de tres mil trescientos noventa y cinco pesos ($ 3.395.00) a partir del 1º de julio del Ejercicio 1955, con destino: a
atender el pago de los sueldos del personal actualmente contratado para
el desempeño de tareas en el mismo, dos mil setecientos noventa y cinco
pesos ($ 2.795.00) mensuales; y el complemento de la partida fijada para
el alquiler de su sede en seiscientos pesos ($ 600.00) mensuales.
Facúltase al Poder Ejecutivo para renovar dicha contratación, hasta la
vigencia del futuro Presupuesto General de Gastos y Recursos.