MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA
Fe de erratas publicada/s: 30/07/1956.
El Ministerio de Ganadería y Agricultura, fijará la cuota que corresponda a cada uno de los establecimientos a que se refiere el artículo 15 de la ley número 7.819, de 7 de febrero de 1925, para costear el servicio de Policía Sanitaria requerido por la naturaleza de esas empresas.Ayuda