Fecha de Publicación: 17/07/1956
Página: 133-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA 



Fe de erratas publicada/s: 30/07/1956.

Artículo 45

   Sin perjuicio de lo dispuesto por la ley número 10.940, de 19 de
Setiembre de 1947 (Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de
Precios), declárase libre la importación de productos específicos
garrapaticidas y materia prima para su fabricación, a lo que se acordará
el tratamiento cambiario correspondiente a los artículos incluídos en la
primera categoría.
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