Los demás funcionarios diplomáticos o consulares presupuestados que
salgan por primera vez de la República, destinados a prestar servicios en
una Misión Diplomática permanente o en una oficina Consular recibirán,
además de los pasajes para ellos y sus familias, una asignación integrada
en la siguiente forma:
A) Medio mes de sueldo de su cargo presupuestal por cada
miembro de familia, incluído el funcionario, para equipo de viaje.
B) El 20 % (20 por ciento) del costo total de los pasajes, para los demás
gastos de viaje; y
C) Un mes de sueldo presupuestal del funcionario, para su instalación en
el lugar de su destino.