Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
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PODER EJECUTIVO

Artículo 156

   La ordenación presupuestal resultante de la aplicación de los 
artículos 41 y 33 de las leyes 11.907 y 12.079, de 19 de diciembre de 
1952 y 11 de diciembre de 1953, respectivamente, tendrá vigencia al 1° de 
febrero de 1957, fecha en que se considera producida la fusión efectiva
de la ex-Compañía de Aguas Corrientes con la ex Dirección de Saneamiento, 
según establece el inciso 2°) del artículo 37 de la Ley Orgánica.


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