Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 161

   Incorpórase al inciso 10 (Ministerio de Salud Pública) del
Presupuesto General de Gastos, todo el personal que presta a la fecha de 
la presente ley servicios en el tratamiento de los enfermos afectados por 
la poliomielitis, desde la epidemia ocurrida en el año 1955, en el 
"Instituto de Epidemiología y Enfermedades Infecto-Contagiosas Dr. José
L. Scosería" (Item 10.59), incluyendo los siguientes cargos: 1 Médico 
Endoscopista a $ 5.040.00, 1 Ayudante de Laboratorio a $ 3.600.00, 1 
Ayudante Técnico de Rayos X a $ 3.600.00, y en el Servicio de Ortopedia y 
Traumatología del Hospital Pereira Rossell (item 10.45) incluyendo los 
siguientes cargos: 4 Fisioterapeutas a $ 3.600.00 cada uno, 2 Practicantes 
Internos de Medicina a $ 3.600.00 cada uno, 10 Enfermeros 3ros. a $ 
2.640.00 cada uno. 20 Auxiliares de Servicio (Limpiadores, Sirvientes y 
Peones) a $ 2.400.00 cada uno, y 1 Médico Fisioterapeuta a $ 5.040.00.


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