Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 196

   Quedan derogadas las disposiciones de la ley N° 11.923, de 27 de marzo 
de 1953, y normas modificativas y concordantes, que establecieron 
retribuciones de servicios complementarias de las del planillado, cuando 
esas dotaciones hayan sido incluídas en los sueldos previstos por la ley.


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