Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 93

   El Consejo Directivo de la Universidad reglamentará el funcionamiento 
docente y administrativo de los servicios que se incorporan y determinará, 
con las limitaciones que resultan de esta ley, la competencia de los 
Directores y de las Comisiones Asesoras.

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