PODER EJECUTIVO
Dentro de los 90 (noventa) días a partir de la fecha de promulgación de esta ley, el Consejo Directivo dispondrá lo necesario para la integración de las Comisiones Asesoras, aplicando, en lo que respecta a la elección de sus Miembros, las disposiciones sobre elección de delegados ante los Consejos de Facultad, en lo que sea pertinente. CAPITULO V Universidad del TrabajoAyuda