Fecha de Publicación: 23/02/1957
Página: 465-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 25

   Con referencia al Beneficio de Retiro que se establece por esta Ley, 
rigen las disposiciones del artículo 8.o de la Ley N° 12.032 de 27 de 
noviembre de 1953.

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