La ejecución de las obras autorizadas se cumplirá por etapas sucesivas
de hasta tres ejercicios anuales cada una, siguiendo el orden de
preferencias y partidas que se establezcan en cada caso.
Mientras se proceda a la construcción de las obras incluídas en una
determinada etapa, se realizará el estudio y presupuesto de las obras
incluídas en una determinada etapa, se realizará el estudio y presupuesto
de las obras correspondientes a la etapa siguiente.