Fecha de Publicación: 02/01/1958
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Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 49

   Declárase, por vía interpretativa que el artículo 23 de la ley N°
10.589, de 23 de diciembre de 1944, autoriza al Poder Ejecutivo a
enajenar los inmuebles propiedad del Ministerio de Defensa Nacional a que
hace referencia.
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