Fecha de Publicación: 07/02/1958
Página: 297-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 45

   Facúltase al Poder Ejecutivo y a la Universidad del Trabajo para
permutar por valor equivalente, conforme a tasaciones que practicará la
Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales,
bienes de su propiedad ubicados en el Departamento de Tacuarembó y
actualmente ocupados por el "Campo Militar de Zapará" y la Escuela
Agraria de la Universidad del Trabajo.
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