Fecha de Publicación: 07/02/1958
Página: 297-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 49

   Declárase, por vía interpretativa que el artículo 23 de la ley N°
10.589, de 23 de diciembre de 1944, autoriza al Poder Ejecutivo a
enajenar los inmuebles propiedad del Ministerio de Defensa Nacional a que
hace referencia.
Ayuda