Fecha de Publicación: 17/01/1958
Página: 146-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a abrir un 
crédito denominado "Ministerio de Relaciones Exteriores. Orden Comisión 
Nacional de Turismo", hasta la suma de $ 6:000.000.00 (seis millones de 
pesos), con garantía de caución de los $ 10:000.0000.00 (diez millones de 
pesos) v/n., en los títulos o cautelas mencionados en el artículo 1.o.
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