Auméntase en $ 270.000.00 anuales la partida que por el artículo
33 pasa a integrar las disponibilidades del Consejo Nacional de Enseñanza
Primaria y Normal, con la finalidad de atender los servicios de la Obra
Nacional, para la Protección y Educación de los Menores Mentalmente
Anormales (Obra Morquio). El mencionado Consejo deberá dar cuenta de la
aplicación de la cantidad de $ 540.000.00 anuales al Poder Ejecutivo, el
que lo pondrá en conocimiento de la Asamblea General en oportunidad de
cumplir con lo dispuesto en el artículo 215 de la Constitución.