Fecha de Publicación: 07/01/1958
Página: 38-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1958.

Artículo 54

   Extiéndese hasta el 30 de junio de 1958, el plazo para presentar la 
declaración jurada exigida por el artículo 30 de la ley Nº 12.367, de 
8 de enero de 1957, para la confección del Registro Nacional de 
Propietarios de Inmuebles.

Ayuda