MINISTERIO DEL INTERIOR
Fe de erratas publicada/s: 25/01/1958.
Extiéndese hasta el 30 de junio de 1958, el plazo para presentar la declaración jurada exigida por el artículo 30 de la ley Nº 12.367, de 8 de enero de 1957, para la confección del Registro Nacional de Propietarios de Inmuebles.Ayuda