MINISTERIO DEL INTERIOR
Fe de erratas publicada/s: 25/01/1958.
Autorízase al Poder Ejecutivo para cubrir las erogaciones correspondientes a las Partidas por una sola vez, previstas en el artículo anterior, con el producido líquido de la emisión de una Deuda interna por el monto de $ 7:500.000.00.Ayuda