Fecha de Publicación: 07/01/1958
Página: 38-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1958.

Artículo 60

   Autorízase al Poder Ejecutivo para cubrir las erogaciones 
correspondientes a las Partidas por una sola vez, previstas en el 
artículo anterior, con el producido líquido de la emisión de una Deuda 
interna por el monto de $ 7:500.000.00.
Ayuda