Fecha de Publicación: 07/01/1958
Página: 38-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1958.

Artículo 62

   Fíjase en $ 260.00 (doscientos sesenta pesos) mensuales, el sueldo
mínimo para los funcionarios administrativos dependientes de la 
Administración Central.
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