Fecha de Publicación: 18/09/1958
Página: 574-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Ley 12.509 

Se autoriza al Ejecutivo a concertar préstamos, para los fines y en las
condiciones que se determinan, con el Gobierno de Estados Unidos de 
América y para suscribir Convenios para la importación de excedentes 
agrícolas de ese país. (*)

Poder Legislativo.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                               DECRETAN:

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a concertar préstamos en moneda nacional
con el Gobierno de los Estado Unidos de América, hasta un máximo de 
quince millones de dólares por año en las condiciones que se establecen
en la presente ley.
   El producto de los préstamos, hasta el máximo fijado por el inciso 
anterior, será destinado en un 50 % (cincuenta por ciento) a la 
realización de obras públicas; debiéndose destinar el resto a la 
amortización de las deudas emitidas por las leyes números 12.023 y 
12.383, de 10 de noviembre de 1953 y 14 de febrero de 1957, respectivamente, para la ejecución de las obras de Baygorria; al desarrollo de los planes de fomento agrícola, particularmente en lo 
referente a producción y reservas de maíz y forrajes y al perfeccionamiento de la comercialización de granos (red de silos y accesorios para movimientos a granel). Las resoluciones del Poder Ejecutivo que autoricen la contratación de préstamos deberán indicar el destino de los fondos en moneda nacional, la fecha de la Ley que autorizó
la obra y su financiación y el monto de la deuda nacional interna 
pendiente de colocación cuya emisión se cancele definitivamente.

Por el Consejo: FISCHER. - AMILCAR VASCONCELLOS. - JOAQUIN APARICIO. - 
J. FLORENTINO GUIMARAENS. - Justo José Orozco, Secretario.
(*) Se reinserta por haber aparecido - el 21 de julio - sin el vocablo "monto" en la primera línea del inciso E) del artículo cuarto.
   La omisión es imputable a la copia del original enviado por el Ministerio de Hacienda a "Diario Oficial".
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