Fecha de Publicación: 18/09/1958
Página: 574-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 5

   El Poder Ejecutivo dará cuenta trimestralmente a la Asamblea General
de los Convenios que celebre al amparo de la presente ley y de los montos
de las reducciones en la emisión de Deudas internas comprendidas en la 
misma.

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