Ley 12.566
Se modifica una disposición de la ley 12.488 (Plan de Obras Públicas) referente a amplición y remodelación del hospital de Salto, con
contribución del Estado.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Modifícase el numeral 136 del Capítulo II Arquitectura, Apartado 11.1
del artículo 35 de la ley N° 12.463, de 5 de diciembre de 1957, en la
siguiente forma:
"136. Salto. Ampliación y remodelación del Hospital (Contribución del
Estado), $ 650.000.00".
Por el Consejo: FISCHER.- FLORENTINO GUIMARAENS.- AMILCAR VASCONCELLOS.- VICENTE BASAGOITI.- Justo José Orozco, Secretario.