Fecha de Publicación: 30/10/1958
Página: 214-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Fe de erratas publicada/s: 07/11/1958.
Ley 12.572

Se instituye un régimen de salarios por maternidad, se comete su prestación y administración al Consejo Central de Asignaciones Familiares
y se crean los recursos correspondientes.

Ministerio de Industrias y Trabajo.
 Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.

  Poder Legislativo.

                                      Montevideo, 23 de octubre de 1958.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                  DECRETAN:

Artículo 1

   Créanse los salarios de maternidad cuya prestación y administración
estarán a cargo del Consejo Central de Asignaciones Familiares.

Por el Consejo: FISCHER. - HECTOR A. GRAUERT. - CLEMENTE I. RUGGIA. - Justo
José Orozco, Secretario.
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