Créase la Comisión Honoraria del Plan de Desarrollo Agropecuario, que
actuará en la órbita del Ministerio de Ganadería y Agricultura para el
asesoramiento en la organización y en la aplicación del Plan.
La Comisión Honoraria se compondrá de cinco miembros. El Poder Ejecutivo designará al presidente y a otros tres miembros, de los cuales
dos deberán ser productores. El quinto miembro será designado por el
Banco de la República.