Fecha de Publicación: 06/12/1960
Página: 460-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Ley 12.797 

Se establece la Caja de Compensaciones por Desocupación para los trabajadores de la Industria del Vidrio, se crea un Comisión Asesora de compensaciones y Bolsa de Trabajo, se dan recursos, un Régimen Especial 
de Jubilaciones, y se comete su administración y prestación a la Caja de 
Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                              DECRETAN:

Artículo 1

   La Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio, 
administrará los servicios y las prestaciones que se establecen por la 
presente ley.

Por el Consejo: NARDONE. - ANGEL M. GIANOLA. - JUAN EDUARDO AZZINI. - 
ENRIQUE BELTRAN. - Manuel Sánchez Morales, Secretario.
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