A efectos de adjudicar el grado a los cargos administrativos
comprendidos en la categoría 1.a, sin perjuicio de la denominación, se
tendrá en cuenta el sueldo que perciban a la fecha de esta ley, en los
casos que se indican a continuación:
a) De $ 941.00 a $ 1.149.00 un sueldo base de $ 2.200.00;
b) De $ 1.150.00 a $ 1.359.00 un sueldo base de pesos 2.400.00;
c) Para los sueldos de $ 1.360.00 y mayores, la asignación será fijada en
cada caso por la ley de Presupuesto.
En todos estos casos se conservará la denominación presupuestal
vigente.