Los funcionarios públicos casados o con familiares a su cargo, hasta
el segundo grado de consanguinidad inclusive, tendrán derecho a percibir
la suma de $ 70.00 (setenta pesos) mensuales, que se les liquidará
trimestralmente.
Si en el mismo hogar hubiera más de un empleado u obrero, la
compensación se liquidará al que perciba el sueldo más alto. La
liquidación se efectuará sobre la base de declaraciones juradas del
interesado, considerándose falta grave, que puede dar motivo a
destitución, la falsedad de las mismas.