Fecha de Publicación: 14/12/1960
Página: 529-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 52

   Todo funcionario público percibirá por una sola vez la suma de $ 
150.00 (ciento cincuenta pesos) por el nacimiento de cada hijo.
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