Todo funcionario público de los escalafones civiles tiene la
obligación de sustituir al superior en caso de ausencia temporaria o
acefalía del cargo.
Por razones de servicio y de jerarquía del cargo, el poder Ejecutivo,
a propuesta fundada del Ministerio del ramo, o en su caso, la autoridad
competente, podrá designar al funcionario que desempeñe transitoriamente
el cargo.
La designación deberá recaer en un funcionario que posea la idoneidad
necesaria y se encuentre en condiciones legales para ocupar el cargo que
habrá de desempeñar interinamente.