Fecha de Publicación: 11/01/1961
Página: 88-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 17/01/1961.

Artículo 12

   Agrégase al artículo 15 del decreto-ley número 10.331, de 29 de enero
de 1943, modificado por las leyes Nros. 11.452, de 30 de junio de 1950, y
12.074, de 4 de diciembre de 1953, el siguiente inciso:

   "I) Con treinta años de servicios bancarios".
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