MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 17/01/1961.
Agrégase al artículo 15 del decreto-ley número 10.331, de 29 de enero de 1943, modificado por las leyes Nros. 11.452, de 30 de junio de 1950, y 12.074, de 4 de diciembre de 1953, el siguiente inciso: "I) Con treinta años de servicios bancarios".Ayuda