Fecha de Publicación: 11/01/1961
Página: 88-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 17/01/1961.

Artículo 29

   Esta ley entrará en vigencia el día primero del mes siguiente a su 
publicación en el "Diario Oficial".
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