Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 408

   Sustitúyese el inciso 2.o del artículo 2.o de la ley N.o 10.491, de 
13 de junio de 1944, por el siguiente:

   "La Comisión Honoraria fijará, con aprobación del Ministerio de
Instrucción Pública y Previsión Social el tiraje de cada volumen del
Archivo Artigas y el número de ejemplares que se distribuirán
gratuitamente, entre los institutos culturales y docentes".
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