Modifícase, a partir del 1.o de julio de 1962 el artículo 21 de la
ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de 1960, que quedará redactado en los
siguientes términos:
"El escalafón del personal militar en actividad se regulará de acuerdo
a las siguientes asignaciones de sueldos y compensaciones de grado:
Compensación
sujeta a
Denominación Sueldo montepío
Oficiales:
General.................$ 2.750.00 $ 500.00
Coronel................." 2.350.00 " 400.00
Teniente Coronel........" 1.950.00 " 375.00
Mayor..................." 1.650.00 " 350.00
Capitán................." 1.350.00 " 300.00
Teniente 1ro ..........." 1.050.00 " 250.00
Teniente 2do ..........." 950.00 " 225.00
Alférez................." 850.00 " 200.00
Compensación
sujeta a
Denominación Sueldo montepío
Personal Subalterno:
Sub-Oficial de Cargo y
Sub-Oficial Mayor del
Ejército y Fuerza Aérea $ 800.00 $ 100.00
Sargento de 1ra. del
Ejército y Fuerza Aérea. " 750.00 " 70.00
Sub-Oficial de 1ra. de la
Marina.................. " 750.00 " 70.00
Sub-Oficial de 2da. de la
Marina.................. " 650.00 " 70.00
Sargento del Ejército y
Fuerza Aérea............ " 650.00 " 70.00
Cabo de 1ra. del Ejército y
Fuerza Aérea............ " 600.00 -
Cabo de 1ra. de la Marina " 600.00 -
Cabo de 2da. del Ejército,
Fuerza Aérea y Marina " 550.00 -
Apuntador................. " 525.00 -
Corneta, Tambor y Trompa.. " 525.00 -
Marinero de 1ra. ......... " 500.00 -
Soldado de 1ra. del Ejército
y Fuerza Aérea.......... " 500.00 -
Marinero de 2da. y Soldado
de 2da. del Ejército y
Fuerza Aérea............." 450.00 -
Aprendiz del Ejército,
Marina y Fuerza Aérea...." 300.00 -
Personal de Alumnos de las
Escuelas de Formación de
Oficiales:
Cadete Escuela Militar,
Escuela Militar de
Aeronáutica y Aspirante
Escuela Naval........... " 250.00 -
Aspirante Escuela Militar,
Escuela Militar de
Aeronáutica............. " 250.00 -