MINISTERIO DE HACIENDA
Incorpórase al artículo 33 de la ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de 1960, el siguiente inciso: "Los cargos comprendidos en el régimen A), a cuyos grados no correspondieron progresivos, de acuerdo con los artículos precedentes, tendrán un progresivo igual a los de la categoría a que pertenezcan".Ayuda