Fecha de Publicación: 24/05/1962
Página: 313-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 4

    El Plan aprobado por la ley N.o 12.787, de 15 de noviembre de 1960 y el que se establece por la presente ley, continuarán vigentes hasta el
agotamiento de los rubros previstos en ellos, sin perjuicio de lo
establecido por el inciso 2.o del artículo 8.o de la ley número 12.670, 
de 17 de diciembre de 1959.

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