Fecha de Publicación: 27/09/1962
Página: 627-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 3

   Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes 
prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1963, la clausura de los Registros 
de la Bolsa de Trabajo para la Industria Frigorífica, dispuesta por el 
artículo 4° de la ley N.o 12.493, de 16 de enero de 1958, y por el 
artículo 11, de la ley N.o 12.706, de 9 de abril de 1960.
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