Ley 13.150
Se aprueba el contrato de Préstamo suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, destinado al mejoramiento de la Ruta N° 5.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito por el Gobierno de la
República con el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, en Washington D.C., el 26 de octubre de 1962, por el cual se concierta un crédito de U$S 18:500.000.00 (dieciocho millones quinientos mil dólares) destinado a mejoramiento de la Ruta N° 5, en el tramo Progreso-Rivera; Programa de Mantenimiento, incluyendo la compra de equipo de mantenimiento, repuestos, equipo de ingeniería y de laboratorio, balanzas, etc. y estudio del planeamiento de carreteras.
Por el Consejo: DANIEL FERNANDEZ CRESPO.- ISIDORO VEJO RODRIGUEZ.- SALVADOR FERRER SERRA.- ALEJANDRO ZORRILLA DE SAN MARTIN.- Luis M. de Posadas Montero, Secretario.