MINISTERIO DE HACIENDA
La inclusión en el beneficio y sus aumentos decenales se realizarán al 1.o de enero de cada año. Para el cómputo de la antigüedad se sumarán los períodos o de actividad en la Administración Pública en forma continua o discontinua computándose para los jornaleros a razón de un mes por cada veinticinco jornales.Ayuda