Fecha de Publicación: 07/02/1964
Página: 190-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 133

   Transfiérense a la Inspección General de Hacienda los cometidos, deberes y obligaciones asignados a la ex Oficina de Ganancias Elevadas
por el artículo 2.o de la ley N.o 11.418, de 29 de abril de 1950, con la
sola excepción de la recaudación y fiscalización del impuesto Sustitutivo
del de Herencias.
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