MINISTERIO DE HACIENDA
(Deducciones). Para la determinación del monto imponible no se computarán: a) Las acciones de sociedades anónimas; b) las cuotas de capital en sociedades personales; c) los Títulos de Deuda Pública nacional y municipal, los valores emitidos por el Banco Hipotecario y las letras y Bonos de Tesorería.Ayuda