Fecha de Publicación: 07/02/1964
Página: 190-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 92

   (Derogación). Deróganse a partir del 1.o de enero de 1964, los artículos 288 a 296, de la ley número 12.804, de 30 de noviembre de 1960
con la modificación introducida por el artículo 22, de la ley N.o 13.032
de 7 de diciembre de 1961.
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