MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 09/03/1964.
Deróganse los artículos 8.o, 9.o y 10 de la ley, N.o 9.756, de 10 de enero de 1938 y el artículo 2.o de, la ley N.o 13.047, de 26 de abril de 1962.