MINISTERIO DE HACIENDA
Declárase que las retribuciones que perciben los profesionales con cargo al Rubro 1.05 "Dietas" deben considerarse a todos los efectos legales de aumentos globales de sueldos como si fuera su asignación
básica el total de dietas que perciben en cada Item.
CAPITULO II
Sueldos progresivos y compensaciones especiales
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