Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 242

   Autorízase la copia fotográfica y microfilmada de los expedientes y 
demás documentos archivados en todas las dependencias del Estado y demás
Organismos Públicos. Dichas copias tendrán igual validez que los 
antecedentes originales a todos los efectos legales, siempre que fueren
debidamente autenticadas por las Direcciones de las respectivas Oficinas.
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