Fecha de Publicación: 12/01/1965
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965, 05/02/1965.

Artículo 15

   Auméntase al 10 % (diez por ciento) la bonificación establecida por 
el artículo 3.o de la ley N.o 13.123, de 4 de abril de 1963 y sus modificativas, la que será aplicable también a los impuestos a las entradas brutas, patrimonio, patentes especiales y tributo unificado.
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