MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965, 05/02/1965.
Duplícanse las tarifas de los tributos previstos en el artículo 13 de la ley N.o 11.924, de 27 de marzo de 1953, y en los artículos 340, 341, 342, 343, 344, 347 y 348 de la ley N.o 12.804, de 30 de noviembre de 1960.Ayuda